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La Corte Suprema falla contra un rastafari al que le cortaron las rastas en prisión

El máximo tribunal determinó por 6 votos contra 3 que Damon Landor no puede reclamar daños y perjuicios bajo la Ley sobre el Uso Religioso de la Tierra y las Personas Institucionalizadas (RLUIPA).

Imagen de archivo de la Suprema Corte de Washington D.C.

Imagen de archivo de la Suprema Corte de Washington D.C.AFP.

Williams Perdomo
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La Corte Suprema falló este martes en contra de Damon Landor, un rastafari que buscaba una compensación económica después de que funcionarios de una prisión de Luisiana le cortaran las rastas pese a que sostuvo que la medida violaba sus creencias religiosas.

Según informó NBC News, el máximo tribunal determinó por 6 votos contra 3 que Landor no puede reclamar daños y perjuicios bajo la Ley sobre el Uso Religioso de la Tierra y las Personas Institucionalizadas (RLUIPA). La decisión dividió a los magistrados siguiendo líneas ideológicas, con los jueces conservadores en mayoría y los liberales en disidencia.

El caso se remonta a 2020, cuando Landor fue trasladado al Centro Correccional Raymond Laborde mientras cumplía una condena de cinco meses por un delito relacionado con drogas. De acuerdo con los antecedentes del caso, los funcionarios lo esposaron a una silla y le afeitaron la cabeza a pesar de sus protestas.

Antes del incidente, Landor había mostrado a los agentes una copia de una decisión judicial vinculante que establecía que cortar las rastas de una persona rastafari constituía una violación de sus derechos religiosos. Hasta entonces, no se había cortado el cabello durante 20 años, en cumplimiento de una práctica conocida como voto nazareo.

Al redactar la opinión mayoritaria, el juez Neil Gorsuch señaló que la RLUIPA, que se aplica a las prisiones locales que reciben financiación federal, no permite presentar demandas por daños contra funcionarios individuales. Agregó que el proceso solo podría avanzar si dichos funcionarios hubieran aceptado expresamente asumir responsabilidad bajo esa ley federal.

El sistema penitenciario modificó su política de aseo personal

El estado de Luisiana no cuestionó que Landor fue tratado de manera indebida y señaló en documentos judiciales que el sistema penitenciario modificó su política de aseo personal para evitar que otros presos rastafaris enfrenten situaciones similares.

Los abogados de Landor habían pedido a la Corte Suprema que autorizara reclamaciones por daños bajo la RLUIPA, citando una decisión de 2020 que permitió indemnizaciones bajo una ley similar denominada Ley de Restauración de la Libertad Religiosa. Sin embargo, Luisiana argumentó que no debía ser responsable de esos daños porque la RLUIPA se aplica a funcionarios federales y no estatales.
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