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¿Es inconstitucional la megamulta a Trump?

La fiscal general de Nueva York, Letitia James, busca negarle al expresidente la protección de la Octava Enmienda contra multas excesivas.

La fiscal general de Nueva York, Letitia James, durante el juicio contra Donald Trump por el supuesto fraude fiscal que cometió.

(Cordon Press)

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Arthur Engoron, juez de la Corte Suprema de Nueva York, multó a Donald Trump y a miembros de su familia por 464 millones de dólares en el caso de bienes raíces impulsado por la fiscal general del estado, Letitia James. El monto de la multa —que no refleja los daños realmente causados– plantea la cuestión de si es "excesiva" según la Octava Enmienda de la Constitución, que dice: "No se exigirán fianzas excesivas, ni se impondrán multas excesivas, ni se infligirán castigos crueles e inusuales".

El tribunal también ordenó que Trump pague $111.000 en intereses diarios, y le prohibió "servir como funcionario o director de una corporación en Nueva York u de otras entidades legales en el estado durante tres años, y no podrá solicitar préstamos de ninguna institución financiera registrada en el estado durante tres años...".

Además, el tribunal multó a sus dos hijos, Donald Trump Jr. y Eric Trump, con 4 millones de dólares cada uno , y les prohibió desempeñarse como ejecutivos en la Organización Trump durante dos años.

Aunque la Octava Enmienda no se limita explícitamente a casos penales, sus tres temas (fianzas, multas y castigos) se relacionan en general con casos penales. La multa a Trump fue impuesta en lo que se denominó un caso civil. Pero no fue un caso civil tradicional entre partes privadas, porque Trump supuestamente no perjudicó a ninguna parte privada. Se trataba de un caso iniciado por el Estado de Nueva York, que recibiría la multa. Además, la multa tenía como objetivo disuadir el tipo de conducta de la que se acusaba a Trump.

Estos factores hacen que la multa parezca más cercana a los atributos habituales de un caso penal público que a los de un caso civil privado. Un análisis funcional de la multa en este caso bien podría concluir que es realmente de naturaleza criminal y debería estar cubierta por la Octava Enmienda.

Los abogados de Trump ciertamente argumentarán en este punto, aunque es poco probable que tengan éxito en la apelación inicial. Entonces es casi seguro que solicitarán una revisión por parte de la Corte Suprema de los Estados Unidos, alegando una violación de la Octava Enmienda. Si la Corte Suprema concediera la revisión, tendría que tomar en cuenta dos cuestiones: la primera es si esta multa impuesta por el estado y otras similares están cubiertas por la Octava Enmienda; de ser así, la segunda cuestión sería si la multa de 464 millones de dólares es excesiva .

La respuesta a la segunda pregunta es más fácil que la primera. La multa es claramente excesiva desde cualquier punto de vista razonable. No refleja los daños reales infligidos a otros por la supuesta exageración del valor de sus activos por parte de Trump. Tampoco refleja razonablemente las ganancias que Trump realmente obtuvo al supuestamente exagerar estos activos.

En cuanto a la primera pregunta, ni siquiera hubo acusaciones de daños causados a las gigantescas instituciones bancarias de las que Trump tomó préstamos. No perdieron dinero, no reclamaron pérdidas y estaban ansiosos por hacer negocios con el promotor inmobiliario que les devolvió sus préstamos con intereses.

Tampoco se puede concluir razonablemente que Trump se benefició de sus supuestas sobrevaloraciones al recibir una tasa de interés más baja. Las tasas de interés de los préstamos inmobiliarios se negocian en gran medida en función de la oferta y la demanda. Los bancos estaban ansiosos por los negocios de Trump, y si hubieran intentado aumentar la tasa de interés, él fácilmente podría haber ido a otra parte y negociar la tasa que realmente recibió. La multa impuesta en este caso fue claramente punitiva en intención, efecto y realidad. Esto lleva a la cuestión constitucional más fundamental de si esta multa excesiva está prohibida por la Octava Enmienda.

Los estados tienen una larga historia de intentar evadir las restricciones de la Octava Enmienda designando sanciones como civiles en lugar de penales. Pero los tribunales a veces reconocen que cuando camina como un pato y grazna como un pato, es un pato. Este pato en particular tiene todos los elementos de una multa penal, impuesta por el Estado, como castigo, para disuadir futuras malas conductas.

El caso civil contra Trump fue presentado por la fiscal general de Nueva York, Letitia James, una fiscal que hizo campaña para su cargo electo con la promesa de capturar a Trump. Al presentar un caso civil en lugar de un proceso penal, James le negó a Trump un juicio con jurado, que no podría haber obtenido en este tipo de caso; un requisito de prueba más allá de toda duda razonable, y otras salvaguardias constitucionales. Ahora busca negarle la protección de la Octava Enmienda que prohíbe multas excesivas.

Los tribunales deberían centrarse en la realidad de esta multa y declararla inconstitucionalmente excesiva .

© Gatestone Institute

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