Primer revés para Javier Milei: la Justicia argentina anuló su reforma laboral

Los jueces José Alejandro Sudera y Andrea García Vior frenaron parte del mega decreto desregulador que había entrado en vigencia el pasado 29 de diciembre.

Javier Milei puso en marcha su plan para "reconstruir" Argentina el pasado 21 de diciembre, cuando anunció formalmente que firmaría un Decreto de Necesidad de Urgencia (DNU) para desregular la economía del país, hasta entonces catalogada como una de las más reprimidas del mundo según la Heritage Foundation. Ya con las medidas en marcha, el presidente recibió un duro revés por parte de la Justicia local, que anuló la reforma laboral del decreto.

Resulta que la Justicia del Trabajo decidió el miércoles hacer lugar a la medida cautelar presentada por la Confederación General del Trabajo (CGT), un poderoso gremio local, que había pedido que se suspendiera la aplicación de las normas laborales incluidas en el mencionado decreto, las cuales flexibilizaban el mercado laboral argentino.

"Las formas republicanas no son mera retórica, sino que hacen a la esencia misma del sistema", redactaron en el fallo los jueces José Alejandro Sudera y Andrea García Vior.

“Es un hecho público y notorio que el de los trabajadores es un sector socialmente vulnerable y que se encuentran en juego derechos de naturaleza alimentaria —per se o por sus derivaciones—, no tengo dudas de que se encuentran configuradas las circunstancias graves y objetivamente impostergables que justifican el dictado de una medida cautelar suspendiendo la aplicabilidad de lo dispuesto en el Titulo IV TRABAJO del Decreto de Necesidad y Urgencia n.° 70/23 hasta tanto recaiga sentencia definitiva sobre la cuestión de fondo ventilada en estos actuados (arg. art. 5° segundo párrafo de la ley 26854)”, añadieron.

Entre los puntos que el fallo judicial derogó, se encontraba una reglamentación del derecho a huelga para diversas actividades que son consideradas servicios esenciales, a las que se exigirá un 75% de prestación del trabajo normal, y otras que se califican de “actividades de importancia trascendental”, que estarán obligadas a garantizar el 50% del servicio.

De esta manera, para que la reforma volviera a entrar en vigencia, debe ser nuevamente la Justicia la que se expida al respecto y no el Poder Legislativo o Ejecutivo.

Uno por uno, todos los puntos del decreto desregulador de Javier Milei

  1. Derogación de la Ley de Alquileres: para que el mercado inmobiliario vuelva a funcionar sin problemas y que alquilar no sea una odisea.
  2. Derogación de la Ley de Abastecimiento para que el Estado nunca más atente contra el derecho de propiedad de los individuos.
  3. Derogación de la Ley de Góndolas para que el Estado deje de meterse en las decisiones de los comerciantes argentinos.
  4. Derogación de la Ley del Compre Nacional que solo beneficia a determinados actores del poder.
  5. Derogación del Observatorio de Precios del Ministerio de Economía para evitar la persecución de las empresas.
  6. Derogación de la Ley de Promoción Industrial.
  7. Derogación de la Ley de Promoción Comercial.
  8. Derogación de la normativa que impide la privatización de las empresas públicas.
  9. Derogación del régimen de sociedades del Estado.
  10. Transformación de todas las empresas del Estado en sociedades anónimas para su posterior privatización.
  11. Modernización del régimen laboral para facilitar el proceso de generación de empleo genuino.
  12. Reforma del Código Aduanero para facilitar el comercio internacional.
  13. Derogación de la Ley de Tierras para promover las inversiones.
  14. Modificación de la Ley de Manejo del Fuego.
  15. Derogación de las obligaciones que los ingenios azucareros tienen en materia de producción azucarera.
  16. Liberación del régimen jurídico aplicable al sector vitivinícola.
  17. Derogación del sistema nacional del comercio minero y del Banco de Información Minera.
  18. Autorización para la cesión del paquete accionario total o parcial de Aerolíneas Argentinas.
  19. Implementación de la política de cielos abiertos.
  20. Modificación del Código Civil y Comercial para reforzar el principio de libertad contractual entre las partes.
  21. Modificación del Código Civil y Comercial para garantizar que las obligaciones contraídas en moneda extranjera deban ser canceladas en la moneda pactada.
  22. Modificación al marco regulatorio de la medicina prepaga y las obras sociales.
  23. Eliminación de las restricciones de precios a la industria prepaga.
  24. Incorporación de las empresas de medicina prepaga al régimen de obras sociales.
  25. Establecimiento de la receta electrónica para agilizar el servicio y minimizar costos.
  26. Modificaciones al régimen de empresas farmacéuticas para fomentar la competencia y reducir costos.
  27. Modificación de la Ley de Sociedades para que los clubes de fútbol puedan convertirse en sociedades anónimas si así lo quisieran.
  28. Desregulación de los servicios de internet satelital.
  29. Desregulación del sector turístico eliminando el monopolio de las agencias de turismo.
  30. Incorporación de herramientas digitales para trámites de los registros automotores.