El medio ambiente y la discriminación positiva marcan el nuevo mandato del Tribunal Supremo

El primer lunes de octubre comienza cada mandato del Tribunal Supremo. El pasado mandato estuvo marcado por el fin de Roe v. Wade.

En el actual mandato, el Tribunal Supremo ha tenido la ocasión de pronunciarse sobre varios casos importantes. Dobbs v. Jackson es la decisión de mayor impacto, porque echa para atrás Roe v. Wade, que había afirmado que el aborto es un derecho implícito en la Constitución. 

Entre las otras decisiones importantes se encuentra Kennedy v. Bremerton School District, que reconoció el derecho de un entrenador de fútbol americano a rezar en el campo. En Shurtleff v. Boston, la corte recogió el caso por el que la ciudad puritana había permitido que se desplegaran delante del ayuntamiento multitud de banderas, pero prohibió una bandera cristiana. La decisión reconoció el derecho a la libre expresión también de los cristianos, y no sólo la de los que no lo fueran. La decisión fue adoptada por unanimidad.

Medio ambiente

En West Virginia v. Environmental Protection Agency, el Tribunal Supremo limitó la facultad de la EPA de regular el sector energético. Sólo tiene la facultad de controlar las emisiones de las plantas individuales. 

En muchas de las decisiones, el bloque conservador, formado por nueve jueces, se ha impuesto en bloque al progresista. En el primero están el presidente del tribunal, John Roberts, Samiel Alito, Clarence Thomas, Brett Kavanaugh, Neil Gorsuch, y Amy Coney Barrett. El bloque progresista lo forman Sonia Sotomayor, Elena Kagan y Ketanji Brown Jackson, que substituye a Stephen G. Breyer

Nuevos casos

Este Tribunal, recientemente renovado, tendrá que estudiar nuevos casos de gran relevancia. Este lunes abre con Sackett v. EPA, otro asunto en el que se dirime la facultad de la agencia de regular los recursos del país

Una pareja quería construir en un terreno de su propiedad. Pero la EPA lo ha impedido. Nada más empezar a echar arena y grava para acondicionar el terreno sobre el que construir, la EPA ordenó que se detuvieran las obras, al considerar que ambos materiales eran polución para el humedal sobre el que querían construir. 

Rediseño de los distritos

Este martes, 4 de octubre, comienza la audiencia de Merrill v. Milligan. El caso se refiere a la decisión de Alabama de rediseñar varios distritos electorales en 2021. Un tribunal, formado por tres jueces, resolvió que el rediseño violaba la Sección 2 de la Ley de Derechos de Voto de 1965.

El Estado ha recurrido la decisión, alegando que la interpretación que hace el juzgado de la Sección 2 obligaría al estado a tomar decisiones basadas en criterios raciales. El Supremo decidirá si tiene que dar prioridad al derecho de los votantes a elegir a un candidato de su raza, o si respetará las decisiones de los estados en el diseño de sus distritos. 

Discriminación positiva

De modo que el tribunal comienza el mandato con dos casos importantes. Pero tiene otros previstos que también darán que hablar. Dos de ellos se refieren a las políticas de discriminación positiva: Students for Fair Admissions v. University of North Carolina, y Students for Fair Admissions v. Harvard College. 

Esta decisión puede llegar a ser casi tan importante como Dobbs v. Jackson. El Tribunal Supremo podría decidir contra la anterior decisión Grutter v. Bollinger, y proclamar que las instituciones educativas no deben considerar la raza como un criterio a la hora de admitir a un alumno.

El Tribunal Supremo podría considerar que Harvard College viola los derechos de los asiáticos, al reducir sus opciones de entrada en la Universidad. O, en el caso de la Universidad de Carolina del Norte, se plantea si tiene derecho a rechazar un criterio no racista, porque al hacerlo podría causar un daño a la calidad educativa que beneficia al alumnado. 

Otro de los casos que considerará es el de 303 creative v. Elenis. Se refiere a un diseñador gráfico que se negó a prestar sus servicios para una boda entre personas del mismo sexo, alegando que se lo impedían sus creencias religiosas. En Colorado, la ley impide hacer este tipo de discriminaciones por motivos de sexo u orientación sexual.